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  4. Deposito de queja
Deposito de queja

El valor actual de depósito por queja es de $293.320.


El depósito debe efectuarse ante la sucursal n° 75 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires (código de fuero 33).

Para realizar el mismo, deberá enviar un correo a [email protected]  informando los datos de la causa (queja) en la que solicita efectuar el depósito. El Banco le responderá –en el plazo de 72 hs. – indicando la cuenta, el tomo, el libro y el CBU en el cual deberá concretar el depósito.

Ley Nº 402 - Ley de Procedimientos ante el Tribunal Superior de Justicia

Artículo 34. Cuando se interponga recurso de queja por denegación del recurso, debe depositarse a la orden del Tribunal Superior, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires la suma de dinero equivalente a dos mil (2000) unidades fijas determinadas en la Ley 451. No efectúan este depósito quienes estén exentos/as de pagar tasa judicial, conforme las disposiciones de la Ley respectiva. Si se omite el depósito o se efectúa en forma insuficiente, se hace saber al/la recurrente que debe integrarlo en el término de cinco (5) días, bajo apercibimiento de declararse desistido el recurso. El auto que así lo ordene se notifica personalmente o por cédula. En las causas penales, la integración del depósito se diferirá. Procederá únicamente en caso de denegación del mismo, debiendo integrarse en el término de cinco (5) días de notificada la resolución. Si se omite el depósito o se efectuare en forma insuficiente la certificación de deuda emitida por los Secretarios Judiciales del tribunal será título ejecutivo para los juicios correspondientes, debiendo la Procuración General proceder a su ejecución por ante el fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Decreto n° 64/22

Se deroga el Decreto n° 70/14, se prorroga la Res. n° 98-SSJUS/21 y se determina el modo en que se establece el valor de la Unidad Fija para las multas del Régimen de Faltas.

Publicación del valor de la Unidad Fija por la DNEyC  (actualización semestral)

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